Auto Supremo AS/1151/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1151/2016

Fecha: 06-Oct-2016

Con relación a la errónea valoración de las pruebas testificales, pues contrariamente a lo señalado

Con relación a la errónea valoración de las pruebas testificales, pues contrariamente a lo señalado por el Tribunal de Alzada, estos si darían fe de que están en posesión por más de 10 años; de lo acusado y conforme a la revisión de las declaraciones testificales de descargo, cursantes de fs. 168 a 170, es preciso hacer notar que ante la pregunta tercera y cuarta donde se cuestionó de si los testigos saben si los señores Miguelina Arze de Mattias y Joel Mattias Arze viven en el domicilio ubicado en la Manzana 5, UV. 117, Lotes Nº 14 y 15 de esta ciudad, Barrio Don Bosco, y de ser evidente con quienes vive, así como el hecho de si saben el tiempo que estos viven en los referidos lotes de terreno; solo uno de los tres testigos de descargo Sacarias Oronos Negrete, señaló que: “Vive la Sra. Miguelina Arze de Mattias con sus dos hijos hace unos 20 años”, pero también señaló desconocer en qué calidad vive; en cambio el testigo Celso Rudy Ferrel únicamente se limitó a señalar que: “Vive con sus dos hijos” sin señalar tiempo alguno, en cambio el tercer testigo Rolando Herrera Herrera señaló que la recurrente vive en los inmuebles objeto de la litis (lote 14 y 15) hace unos 16 años y que sabe que su esposo era dueño y en consecuencia también ella tendría dicha calidad; de estas consideraciones, tal y como lo señaló el Tribunal de Alzada, se puede inferir que evidentemente las mismas no son contestes o uniformes, pues no todos coinciden en el tiempo de posesión de la recurrente, y si bien dos de ellos señalan que su posesión seria por más de 10 años (16 y 20 años) empero uno de ellos señaló desconocer en qué calidad vivía en el inmueble y solo un testigo, el ultimo, señaló que dicha señora tenía la calidad de dueña, por lo que el análisis realizado por los jueces de segunda instancia resulta correcto