Auto Supremo AS/1164/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1164/2016

Fecha: 07-Oct-2016

Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0775/2015 de 11 de agosto de 2015,

Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0775/2015 de 11 de agosto de 2015, dispuso dejar sin efecto el Auto Supremo N° 194/2014 de 4 de junio pronunciado por Sala Civil Liquidadora, en lo sustancial del fallo constitucional describió el derecho al debido proceso en el elemento motivación, que se considera estar absuelto conforme a lo descrito precedentemente y la doctrina aplicable al caso presente; también el fallo constitucional hizo incidencia sobre la falta de observación sobre la competencia del juzgador, -pese a que la competencia no puede ser convalidada ni sujeta a preclusión- para el control de cumplimiento de la sentencia constitucional corresponde señalar que a partir del último párrafo de la foja 1688 vta. a fs. 1689, el Ente municipal dedujo que debió impugnarse la referida Resolución Municipal agotando el mecanismo interno administrativo y luego en proceso contencioso-administrativo, ese es un reclamo sobre la aplicación de las reglas de competencia, que también fue descrito por el Ad quem en el Auto de Vista en fs. 1575 vta. en que describe que dicha resolución Municipal N° 361/1995 es un acto administrativo, sin embargo de ello contrariamente concluye en fs. 1676, que es innecesario la declaración de antijuridicidad de dicha Resolución Municipal cuando la misma goza de legitimidad; asimismo la descripción de dicho acto fue considerado en el Auto Supremo 329 en cuya foja 1544 vta., describe que la Resolución Municipal No. 361/1995 debe ser objeto de declaración en proceso administrativo o judicial; también la incompetencia del Juez fue descrita por el Ente Municipal en escrito de fs. 1456 y 1459, por lo que la consideración de haberse descrito por las partes y los operadores judiciales se encuentra satisfecha