Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1164/2016
Fecha: 07-Oct-2016
Distrito: La Paz
Distrito: La Paz
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La Paz
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Proceso: Resarcimiento de daños y perjuicios
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Distrito: La Paz
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I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
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En el fondo
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La referida Resolución Municipal, reúne en su formación, los elementos esenciales como son la competencia,
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Por otra parte, afirma que la legitimidad y legalidad de la Resolución Municipal, no fue
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El Ad quem, dedujo como hecho generador de la relación obligacional, la clausura del Salón
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Asimismo acusa que se hubiera incurrido en apreciación indebida de la prueba, porque el monto
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También denuncia errónea valoración de las pruebas aportadas por el Gobierno Municipal y por la
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Describe haberse incurrido en violación de los arts
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Acusa infracción del art
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Alega que se incurrió en interpretación errónea del art
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En la forma
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Sostiene que el Auto de Vista es ultra petita, desconociendo el mandato de los arts
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Manifiesta que la Sentencia ha sido notificada a ambas partes el 21 de abril de
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En base a lo expuesto solicita casar e Auto de Vista y se declare improbada
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III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Como se podrá advertir, el acto administrativo es una declaración unilateral del funcionario o autoridad
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También corresponde señalar que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 696 de 5 de enero
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El acto administrativo, puede generar insatisfacción al administrado, y obviamente el ordenamiento legal prevé que
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Entre la normativa vigente al momento de presentarse la demanda, se tiene la Constitución Política
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Luego de ello se promulga la Ley Nº 620 de 19 de diciembre de 2014,
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La administración de justicia al guiarse por la competencia de los jueces en razón de
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De acuerdo al segundo párrafo del art
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El orden público también se encuentra establecido en el art
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IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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Consiguientemente corresponde analizar la pretensión contenida en fs
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De acuerdo al contenido de la pretensión se tiene que la actora denuncia que la
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La competencia de los operadores judiciales, se encuentra revestida por el orden público, conforme disponía
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Por lo que corresponde destacar que al momento de plantearse la demanda la actora debía
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Corresponde señalar que la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0775/2015 de 11 de agosto de 2015,
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Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art
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De conformidad a lo previsto en el art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
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