Auto Supremo AS/0931/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2016-RRC

Fecha: 24-Nov-2016

c) Con relación al tercer agravio, refirió que la prueba pericial entre las que se


c) Con relación al tercer agravio, refirió que la prueba pericial entre las que se concluye el informe médico es un medio corroborativo, no es directo porque siempre es ex post. En el caso en análisis la prueba nuclear o central es la declaración de la víctima, que es a su vez corroborada entre otros elementos, como ser el informe médico codificado como MP-3 que según la Sentencia impugnada en la parte saliente describe las lesiones ocasionadas en extremidades superiores e inferiores y en el examen ginecológico ante el hisopado vaginal dolor y presencia de espermatozoides, prueba que incorporada y valorada se sustenta también en el inc. 4) de la Ley 348 que señala: “Serán legítimos todos los medios de prueba y elementos de convicción legalmente obtenidos que puedan conducir al conocimiento de la verdad”