Auto Supremo AS/1275/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1275/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Consiguientemente y toda vez que los reclamos acusados por la parte recurrente resultan infundados, corresponde

Consiguientemente y toda vez que los reclamos acusados por la parte recurrente resultan infundados, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art. 220-II del Código Procesal Civil