Describe la relación fáctica de su pretensión e indica que en la sustanciación del proceso
Describe la relación fáctica de su pretensión e indica que en la sustanciación del proceso coactivo, el Juez quinto de partido rechazo la exclusión del bien otorgado en garantía hipotecaria, posteriormente luego de haber radicado el proceso ante el Juez sexto de Partido en lo Civil, se reitera la petición de exclusión del bien al cual accede el operador judicial, y apelada la resolución mereció el pronunciamiento del Tribunal de alzada en sentido de que se esté a la Resolución de 31 de enero de 2007 y el Auto de Vista que resuelve la apelación de dicha Resolución revoca el decisorio de primer grado y dispone la exclusión del bien otorgado en garantía por no ser –los fiadores- parte del proceso ejecutivo; por lo que presenta demanda persiguiendo precisamente -que con el inmueble garantizado- se cancele la obligación y cita el art. 917 del Código Civil, pretendiendo el cumplimiento de la obligación como fiadores hipotecarios, y por ello acude a la jurisdicción ordinaria, sin que constituya una revisión del proceso coactivo. Asimismo señala que el Banco Nacional de Bolivia S.A. no ha dejado de perseguir su crédito y desde que se interpuso la demanda coactiva no ha transcurrido cinco años y no se ha operado la prescripción
- Distrito: Cochabamba
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Describe infracción de los arts
- Refiere que el Juez ha declarado probadas todas las excepciones y no solo algunas de
- Describe la relación fáctica de su pretensión e indica que en la sustanciación del proceso
- Por lo que solicita se anule el Auto de Vista o se case el mismo
- El demandado contesta el recurso exponiendo que, el recurso en la forma no puede analizar
- III.2.- DE LA GARANTÍA REAL Y GARANTÍA PERSONAL
- En efecto, la división clásica de las garantías en personales y reales, tiene su origen
- Así, la hipoteca es un derecho real accesorio, a favor del acreedor que le confiere
- La fianza o garantía personal se halla recogida en nuestro ordenamiento jurídico en el art
- Que la hipoteca se encuentra en el Libro V, Capítulo III del Código Civil, bajo
- Ahora bien, en cuanto a la extinción de la fianza personal, el art
- Por otro lado, la doctrina establece que la hipoteca también se extingue por cualquiera de
- Corresponde señalar que el Auto de Amparo Constitucional Nº 04/2016 de 24 de agosto de
- Respecto a la acusación de que aquella autoridad (entendiendo que se trata del Juez) hubiera
- En cuanto a la acusación de que el Tribunal de Alzada hubiera expuesto de que
- Respecto a la acusación relativa a que el Juez en Sentencia solo ha considerado las
- Sobre la calificación del proceso como ordinario de puro derecho, en la que acusa la
- Refiere que: “En razón a los fundamentos expuestos erróneos y parcializados expuestos en el Auto
- Posteriormente trascribe los argumentos del Auto de Vista, refiriendo que con relación a las excepciones
- Posteriormente, desde el último párrafo de la foja 312 al primer párrafo de la foja
- Extrañamente en el renglón 26 a 27, señala que acude a la vía ordinaria, sin
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
