Por lo que solicitar casar el Auto de Vista declarando probada la demanda principal y
Refiere que es obligación reiterar el principio de verdad material y la prevalencia del derecho material sobre el formal, y se tome en cuenta la Sentencia Constitucional Nº 1783/2014 de 15 de septiembre, citando el art. 180.I de la Constitución Política del Estado y cita el contenido de las Sentencias Constitucionales Nº 0713/2010-R de 26 de julio y Nº 144/2012 de 14 de mayo.
Por lo que solicitar casar el Auto de Vista declarando probada la demanda principal y se orden la devolución de dinero, la revocatoria de la transferencia y el correspondiente pago de daños y perjuicios
Por lo que solicitar casar el Auto de Vista declarando probada la demanda principal y se orden la devolución de dinero, la revocatoria de la transferencia y el correspondiente pago de daños y perjuicios
- Auto Supremo: 1283/2016 Sucre: 07 de noviembre 2016 Expediente: CB – 1 – 16–
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Asimismo señala que los Vocales convalidaron la Sentencia que afirmaba que el reconocimiento de deuda
- Cita el art
- Con referencia a la nulidad de la transferencia realizada por Delia Castillo en favor de
- Por lo que solicitar casar el Auto de Vista declarando probada la demanda principal y
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Conforme al criterio del doctrinario Carlos Morales Guillen, al comentar su obra Código de Procedimiento
- Documento público en sentido estricto, implica la idea de su formación dentro del ejercicio de
- El documento público no sólo cumple función de medio de prueba que, como tal, se
- Por su parte también corresponde señalar que la fe pública, atribuida al fiscal de materia
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Corresponde señalar que, la confesión prestada ante la misma parte (contendiente), es la que se
- En lo demás, respecto a la acusación de haberse infringido el art
- En relación a la nulidad de transferencia realizada por Delia Castillo en favor de Clotilde
- Por lo expuesto, corresponde emitir una resolución en base a lo dispuesto en el art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
