Auto Supremo AS/1401/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1401/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Respecto a que se habría presumido que la posesión que el recurrente ejerce en el

Respecto a que se habría presumido que la posesión que el recurrente ejerce en el bien inmueble objeto de la litis es arbitraria, se tiene que tal y como lo señala el art. 105 del Código Civil, el propietario de una cosa puede interponer las acciones de defensa que crea conveniente para hacer respetar el derecho que ostenta, en ese sentido para que su pretensión sea acogida favorablemente, quien pretenda que este su derecho sea tutelado, debe acreditar la titularidad del derecho y que el mismo se encuentra en posesión de un tercero, tal y como aconteció en el caso de autos, donde el actor principal para ser viable la desocupación y entrega del bien inmueble, acreditó no solo ser el titular del derecho propietario, sino que el inmueble se encuentra en posesión de terceros, es así que el hecho de que la posesión sea clandestina o arbitraria, resulta irrelevante, por lo que el extremo acusado en este punto deviene en infundado