Auto Supremo AS/0134/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2016-RRC

Fecha: 22-Feb-2016

“(…) Por otra parte; de lo ampliamente expuesto en el punto 6 de esta Sentencia,


En el punto 6 de la resolución impugnada el A quo, argumentó que: “Este tribunal tomó como referencia entre varios el libreo ´Cuidados neonatales de Augusto Sola Edimet, 2010, Tomo 1 y 2´que define claramente los cuadros clínicos que deben ser objeto de estudio y que a continuación se detallan: (...) 6.1 ASFIXIA PERI O NEONATAL (…), 6.2. HIPOGLUCEMIA NEONATAL (…) 6.3 ENCEFALOPATÍA HIPÓXICO ISQUÉMICA (…) 6.4 MEDICIÓN O PUNTAJE DE APGAR (…)”

En el acápite 7 bajo la denominación “DETERMINACIÓN DE LA VERDAD HISTÓRICA D ELOS HECHOS”, el Tribunal de Sentencia, argumentó:

“(…) Por otra parte; de lo ampliamente expuesto en el punto 6 de esta Sentencia, se puede hacer las siguientes consideraciones generales:
La hipoglucemia neonatal y la encefalopatía hipóxico isquémica son producidas por la Asfixia neonatal en el momento del parto y una de las causas para que exista Asfixia es un ´trabajo de parto prolongado´; la Asfixia puede ser controlada y es reversible si se trata a tiempo