Auto Supremo AS/0079/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0079/2016

Fecha: 09-Mar-2016

Que respecto a que el Auto de Vista habría aplicado erróneamente el art

Que respecto a que el Auto de Vista habría aplicado erróneamente el art. 14 del DS Nº 27543 toda vez que el art. 15 del mismo cuerpo legal dispone que la totalidad de aportes certificados, bajo la modalidad de supletorios, no deberá exceder de 180 cotizaciones, siendo ilegal el pretender que se le reconozca 325 aportes al básico y 316 al complementario del sector Magisterio Fiscal y 314 cotizaciones a la renta básica del sector Varios. Al respecto recordar que a fs. 53 del expediente cursa la Resolución Nº 802 de 30 de Septiembre de 1995, emitida por el Fondo Complementario de Seguridad Social del Magisterio Fiscal (FOCOSSMAF), por la que se calificó la Renta Complementaria de Vejez de la señora Beatriz Aurora Terán Soria, considerando 316 cotizaciones, es decir 26 años y 4 meses, aportes computados de enero/1966 a junio/1995, pagadera desde el mes de julio de 1995. a fs. 122 vta., cursa la Resolución Nº 9055 de 3 de abril de 1996, emitida por el Fondo de Pensiones Básicas (FOPEBA), misma que calificó la Renta Básica de Vejez a la señora Beatriz Aurora Terán Soria en Bs. 425,37; considerando 325 cotizaciones, es decir 27 años y 1 mes, aportes desde marzo/1965 a junio/1995, pagadera desde el mes de julio de 1995. Respecto a las 314 cotizaciones al régimen básico, las mismas emergen de la prestación de servicios que realizó la beneficiaria en tres colegios particulares –conforme se describe en el Auto de Vista-: a) En el Instituto Cooperativo Educacional Franco Boliviano Santa Cruz, según documentación de respaldo cursante de fs. 128 a 192 y de fs. 204 a 222, se evidenció que la beneficiaría trabajo 11 años y tres meses, equivalente a 135 cotizaciones; b) Por la documentación cursante de fs. 230 a 247, se acreditó que la beneficiaria presto sus servicios en el Colegio Particular Mixto Enrique Finot, desde febrero de 1976 a marzo de 1987, haciendo un total de 117 cotizaciones; c) La beneficiaria también prestó sus servicios en el Instituto Americano-Servicio Educativo Metodista, desde febrero de 1962 a noviembre de 1969, según se acredita por la documentación de respaldo cursante de fs. 305 a 308, haciendo un total de 5 años y dos meses, equivalente a 62 cotizaciones. Sumando estas tres cotizaciones, hacen 314 cotizaciones