Auto Supremo AS/0105/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2016

Fecha: 30-Mar-2016

Al respecto, es importante precisar que uno de los razonamientos por los cuales el Tribunal

Al respecto, es importante precisar que uno de los razonamientos por los cuales el Tribunal de Alzada resolvió confirmar la decisión de la Juez de primera instancia, fue que el acta de infracción levantada por los servidores públicos del SIN en el domicilio fiscal de la contribuyente y la Resolución Sancionatoria impugnada, no contenían la exposición suficiente de motivos que harían evidente la existencia de la infracción tributaria por el contribuyente; aspecto que sin duda está vinculado a la cuestión formal sobre la necesaria motivación y fundamentación de las resoluciones, que al derivar de la potestad sancionadora de la que goza la Administración Tributaria, necesario es que deba estar investida de las garantías procesales mínimas para el sancionado, lo que llevará a la validez y eficacia de la misma resolución para su posterior cumplimiento