Auto Supremo AS/0105/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2016

Fecha: 30-Mar-2016

Por lo relacionado, se concluye que lo resuelto en el Auto de Vista recurrido se

Por lo relacionado, se concluye que lo resuelto en el Auto de Vista recurrido se encuentra apegado a derecho, no existiendo vulneración normativa en su decisión, debido a que no se tiene certeza de la concurrencia de las condiciones establecida en el art. 4.b) de la Ley N° 843, para luego recién aplicar los dispositivos comprendidos en los arts. 160.2), 162, 170 y 164.I.II del Código Tributario – Ley N° 2492, de modo que corresponde resolver el recurso de casación, en la forma prevista por los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso de autos por mandato de la norma permisiva contenida en los arts. 214 y 297.II de la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y 74. 2 de la Ley Nº 2492 (CTb) de 2 de agosto de 2003