Auto Supremo AS/0275/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2016-RRC

Fecha: 11-Abr-2016

2) El Tribunal de alzada pretendió, haciendo uso de la facultad otorgada por el art


2) El Tribunal de alzada pretendió, haciendo uso de la facultad otorgada por el art. 414 del CPP, suplir la deficiencia argumentativa de la Sentencia de mérito, concluyendo que los Autos 147/2010 y 199/2011, emitidos por la imputada fueron correctos, en observancia del art. 231 del CTB, sosteniendo que la citada norma permite la suspensión de la ejecución del acto, resolución o procedimientos impugnados; y que entender que la ejecución del acto se refiera nada más al cobro del Tributo determinado, es “…ingresar a una interpretación muy restringida…”(sic). Fundamento inconcluso que no explica por qué sería una interpretación restringida, ni las razones por las cuáles, los hechos denunciados contra la imputada no se subsumen en los delitos acusados, y constituye carencia de una debida motivación del fallo de alzada