Auto Supremo AS/0298/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Con relación al tercer motivo, en el que refiere que cómo consecuencia de que los


Con relación al tercer motivo, en el que refiere que cómo consecuencia de que los antecedentes contenidos en los considerandos del Auto de Vista corresponden a otro proceso, el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre los puntos denunciados en su recurso de apelación, como tampoco fundamentó las razones por las que determinaron declarar improbada la apelación restringida, aspecto que también fue advertido en el Auto Supremo 321/2014-RRC de 15 de julio. Añaden que el actual Auto de Vista impugnado, mantiene los errores sobre los cuales se emitió el precitado Auto Supremo, incluso suprime la parte fáctica de la Resolución al describir hechos y antecedentes de otro proceso, privándoles de conocer la motivación que determinó su fallo. Un motivo que tampoco mereció pronunciamiento fue la denuncia de que la Sentencia carecía de fundamentación respecto a la responsabilidad de forma individualizada de los coimputados inobservando el art. 370 inc. 2) del CPP, contraviniendo los arts. 124 y 398 del CPP e infringiendo el debido proceso. Asimismo, tampoco se pronunció sobre la enunciación del hecho objeto del proceso, defecto previsto por el art. 370 inc. 3) del CPP