Auto Supremo AS/0301/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0301/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Respecto al segundo motivo, el imputado arguyó en su memorial de subsanación, que el Tribunal


Respecto al segundo motivo, el imputado arguyó en su memorial de subsanación, que el Tribunal de Sentencia no habría tomado en cuenta los elementos constitutivos tanto objetivos como subjetivos de los tipos penales endilgados al imputado; por cuanto, no se subsumió su conducta de manera correcta a los ilícitos por los que fue juzgado, vulnerando el principio de tipicidad y legalidad que son parte del debido proceso, previstos en los arts. 115, 116 parágrafo I y 180 de la CPE, incurriendo en defecto absoluto no susceptible de convalidación previsto el art. 169 inc. 3) de la norma citada, debiendo dictar nueva Sentencia en aplicación al art. 363 inc. 3) del CPP. Al efecto, el Tribunal de apelación, concluyó que “si bien en dicho memorial se hace mención a la infracción del principio de legalidad previsto el en el art. 180 de la CPE y que el Tribunal de Sentencia debía dictar Sentencia absolutoria conforme lo prevé el 363-3) del CPP; sin embargo, no precisa qué normas legales (adjetivas o sustantivas) hubieren sido inobservadas, erróneamente aplicadas o interpretadas por el Ad quo, así como tampoco precisa qué pretendiere respecto a ellas, volviendo a confundir el modo de cómo éste Tribunal de Alzada debe resolver el recurso formulado…” (sic), a cuyo efecto lo rechazó por inadmisible