Auto Supremo AS/0323/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis


Por Auto Supremo 668/2015-RA de 27 de noviembre, este Tribunal declaró admisibles los recursos de casación interpuestos por: Pedro Domingo Elio Luna Sillerico, únicamente con relación a los motivos primero y segundo y Arturo Quispe Pucho solamente en lo que respecta al quinto motivo, identificados precedentemente.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:

II.1.Recurso de apelación restringida.

Sobre el primer y segundo motivo, la parte acusadora Pedro Domingo Elio Luna Sillerico formuló recurso de apelación restringida, acusando:

1) Que la Sentencia contiene una fundamentación contradictoria, prevista por el art. 370 inc. 5) del CPP, respecto a los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, bajo el argumento de que los Jueces si bien consideraron las circunstancias, atenuantes especiales y generales, como la gravedad del delito, premeditación, motivo fútil, grado de instrucción universitario de derecho; empero, la fijación de la pena en base a esos atenuantes seria contradictoria con la evaluación de los agravantes en la comisión de delito de Daño Calificado con una pena de 4 años de reclusión, sin tomar en cuenta que el acusado cuenta con 54 años de edad, lo cual no le hace acreedor de una pena tan leve, que no se encuentra dentro del grupo en situación de vulnerabilidad. Por lo que debió imponer la pena de 6 años de reclusión con las pruebas aportadas en juicio oral