Auto Supremo AS/0323/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

En el caso presente, la parte acusadora recurre de casación denunciando que el Tribunal de


3) Con referencia a que el Tribunal de Sentencia hubiere negado las exclusiones probatorias respecto a las pruebas de descargo, concluyó que esa confusa observación tampoco puede ser atendida por el Tribunal de alzada, porque la misma debió realizarse durante la sustanciación del juicio oral público y contradictorio.

III. VERIFICACIÓN DE LA CONTRADICCIÓN DEL AUTO DE VISTA IMPUGNADO CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS

En el caso presente, la parte acusadora recurre de casación denunciando que el Tribunal de alzada declaró improcedente en el fondo su recurso de apelación restringida por inobservancia de los arts. 396, 407, 408 y 416 del CPP, sin cumplir con lo señalado por el art. 399 del CPP, negándole la oportunidad de ampliar o corregir errores y que el referido Tribunal evadió responder a los cuestionamientos de su apelación restringida, fundamentos que se encuentran en el acápite 1 incs. a), b), y c); agregando acápites 7 y 8 del mencionado Auto de Vista, por lo que no existiría la fundamentación respectiva. Por su parte la parte imputada también recurre de casación acusando que el Tribunal de apelación hubiere infringido el art. 398 del CPP, al no pronunciarse sobre la denuncia referida a la Resolución de rechazo de la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; correspondiendo resolver las problemáticas planteadas