Auto Supremo AS/0138/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2016

Fecha: 12-May-2016

La Teoría del Bloque de Constitucionalidad en Bollvia encuentra plena acogida en la norma cumbre

La Teoría del Bloque de Constitucionalidad en Bollvia encuentra plena acogida en la norma cumbre de nuestro ordenamiento jurídico. Así pues, el art. 410 de la CPE, a tiempo de referirse a su primacía respecto de las demás normas, incorpora expresamente el concepto de Bloque de Constitucionalidad, señalando que el mismo está compuesto por los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos (Derecho Internacional de los Derechos Humanos), y normas de Derecho Comunitario, siendo condición "Sine Quanon” que los mismos estén ratificados por el país. Esto significa que los Estados al suscribir una Convención o Tratado se convierten en Estado parte, en consecuencia adquieren derechos y obligaciones en cumplimiento del principio fundamental del derecho Internacional reflejado en el denominado “Pacta Sunt Servanda” {lo pactado obliga)