Auto Supremo AS/0138/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2016

Fecha: 12-May-2016

Que, el referido auto de vista motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto

Que, el referido auto de vista motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Nancy Florentina Torrez Orozco, acusando en síntesis lo siguiente:
El Auto de Vista vulnera el art. 14.V y VI de la Constitución Política del Estado (CPE), en cuanto a que los extranjeros se encuentran sometidos a las leyes Bolivianas; que el Convenio Sede de la Universidad Andina Simón Bolívar, que se suscribió con el Estado Boliviano en fecha 3 de noviembre de 1986, ratificado mediante la Ley N° 1814 de 16 de diciembre 1997, establece en su art. 9 que el régimen laboral y seguridad social para el caso de personal boliviano, está sujeto a las leyes de trabajo y seguridad social vigente en Bolivia, siendo claro el mencionado artículo respecto a la aplicación de las leyes bolivianas para los trabajadores de la Universidad Andina Simón Bolívar, que prestan sus labores en Bolivia, por lo que el tribunal ad quem omitió no solo el Convenio debidamente ratificado por el Estado Boliviano, sino también el art. 14. V y VI de la CPE, pretendiendo que su persona como trabajador de la mencionada universidad pese a ser boliviano tenga que acudir a Quito Ecuador para demandar beneficios sociales