Auto Supremo AS/0139/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2016

Fecha: 12-May-2016

Como se puede advertir, el proceso pasó a despacho el 29 de julio de 2013,

Como se puede advertir, el proceso pasó a despacho el 29 de julio de 2013, y la Sentencia en realidad fue dictada el 7 de agosto del mismo año, es decir, nueve (9) días después de haber ingresado el expediente a despacho; o sea, dentro del término establecido en el art. 79 del CPT, que señala que las sentencias serán dictadas dentro del plazo máximo de 10 días, además de haberse cumplido con lo establecido en los arts. 80 y 201 del CPT, puesto que para establecer el cómputo de los 10 días que tiene el juez para emitir sentencia, corre a partir de la nota en la cual el Secretario consigna la fecha en que el expediente pasa a despacho y no así a la finalización del periodo probatorio, como erróneamente alega la parte recurrente, de donde se constata que la juez a quo emitió su resolución dentro de los diez (10), días previsto por ley, no siendo evidente la acusación planteada