Auto Supremo AS/0462/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0462/2016

Fecha: 11-May-2016

Conforme se ha detallado líneas supra en el punto III


Conforme se ha detallado líneas supra en el punto III.2 la nulidad procesal es una medida de ultima ratio, viable en determinados casos, y en sub lite la misma no resulta viable, debido a que y valga la redundancia no se evidencia omisión por parte del Tribunal de segunda instancia ni la especificación de los recurrentes sobre cuales las omisiones cometidas, por lo que, no resultaba viable la nulidad solicitada, conforme se ha expuesto supra