Auto Supremo AS/0462/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0462/2016

Fecha: 11-May-2016

En cuanto a los alcances de este principio a través del Auto Supremo: 92/2014 de

En cuanto a los alcances de este principio a través del Auto Supremo: 92/2014 de fecha 21 de marzo 2014 se ha referido: “Al respecto, el principio “iuria novit curia” se encuentra reconocido a nivel de doctrina a través del cual se exime la exigencia del tecnicismo jurídico en el planteamiento de la acción con respecto a la calificación jurídica de la relación substancial que se invoca; como señala el tratadista Hugo Alsina: “…no significa la obligación de indicar por su nombre técnico la acción que se deduce (editio actionis) ni si quiera la de citar las disposiciones legales en que se funda la pretensión, pues la primera resultará de la exposición de los hechos y lo segundo lo hará el magistrado con prescindencia de la calificación hecha por el actor (iuria novit curia), de modo que el silencio o el error de éste no tiene ninguna consecuencia jurídica”