Auto Supremo AS/0517/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2016

Fecha: 16-May-2016

Aunque el reclamo resulta repetitivo respecto al punto anterior diremos que el art


Aunque el reclamo resulta repetitivo respecto al punto anterior diremos que el art. 105 del Código Civil establece que la propiedad es un poder jurídico que permite usar, disponer de una cosa, así también establece el mismo art. en el parágrafo II que el propietario puede ejercer la cosa de manos de un tercero y ejercer otras acciones en defensa de su propiedad, entre ellas se encuentra la acción de reivindicación, en el caso concreto el demandado al haber demostrado que cuenta con derecho propietario sobre el bien inmueble, este derecho le faculta para solicitar la reivindicación del inmueble, no siendo objeto de proceso un mejor derecho propietario porque el demandante no cuenta con derecho propietario, que sea oponible al derecho del demandado, es más se ha demostrado que al no contar con un derecho propietario interpuso la presente demanda pretendiendo contar con derecho propietario mediante el presente proceso de usucapión