Auto Supremo AS/0517/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2016

Fecha: 16-May-2016

Respecto a la acción negatoria esta acción regulada por el Código Civil en el art


Respecto a la acción negatoria esta acción regulada por el Código Civil en el art. 1455 establece que el propietario puede demandar a quien afirme tener derechos sobre la cosa y pedir que se le reconozca la inexistencia de tales derechos, en el caso concreto siendo el demandado propietario, solicito mediante la reconvencional que al demandante se le reconozca la inexistencia de cualquier derecho puesto que el demandante no tiene derecho propietario que se oponga al derecho propietario registrado del demandado, y basta la comprobación mediante un proceso de dicha inexistencia para que proceda la acción negatoria, sin ser necesario que para establecer esta inexistencia que el propietario ejerza su derecho propietario