Auto Supremo AS/0517/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2016

Fecha: 16-May-2016

Al respecto diremos y aunque resulte reiterativo la usucapión decenal o extraordinaria tiene como elementos


Al respecto diremos y aunque resulte reiterativo la usucapión decenal o extraordinaria tiene como elementos importantes que la posesión sea pública, pacifica, continuada por el tiempo de más de 10 años, en ese sentido si faltara uno de los elementos, no puede considerarse como posesión útil para fundar usucapión. En el caso en examen los tribunales de instancia fundaron convicción por todos los elementos probatorios aportados al proceso que la posesión del recurrente no cumplió con el requisito esencial de estar en posesión por más de 10 años, y en base a ese elemento es que se declaró improbada la demanda, no siendo desvirtuada esta posesión por no ser pacifica, sino que la decisión se basó esencialmente en que no se ha demostrado el tiempo de posesión por más de 10 años aunque hubieran concurrido los otros elementos, razón por la cual lo reclamado deviene en infundado