Auto Supremo AS/0227/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2016

Fecha: 28-Jun-2016

La norma transcrita establece por una parte que se preserva el cómputo de años de

La norma transcrita establece por una parte que se preserva el cómputo de años de servicio prestados por el trabajador entre el entrante y el saliente empleador, salvando el caso de pago de una indemnización, momento en el que -entendiendo que converge al reconocimiento justamente de la antigüedad o años de servicio - se cerrará un periodo para iniciarse uno nuevo en torno a la transferencia de la empresa o unidad laboral ligada al nuevo empleador