Auto Supremo AS/0227/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Manifiesta que, al actor solo se le adeudaría su indemnización desde el 14 de octubre

Manifiesta que, al actor solo se le adeudaría su indemnización desde el 14 de octubre de 2004 hasta la fecha de su retiro, ya que el resto de su indemnización ya ha sido cancelado como se demuestra en virtud al finiquito Nº 03073, habiéndosele cancelado Bs.2.040 al momento de la firma del contrato y el saldo fue cancelado por la empresa “IBR”, a través de un cupo de producto mensual que era vendido por los camiones y el dinero de la venta de estos productos era cancelado en efectivo al trabajador quien firmaba unos resúmenes de venta, los cuales no fueron valorados por la juzgadora. Señala que, en otras ocasiones se suscribía los comprobantes de egresos donde claramente figura el concepto de pago de beneficios sociales, los cuales fueron acompañados al memorial que se planteo excepciones y que tampoco fueron valoradas por el juzgador, pago que fue corroborado por las declaraciones de los testigos de descargo