De la respuesta a los recursos de casación
De la respuesta a los recursos de casación:
Que el Auto de Vista contuviera los principios de pertinencia, congruencia, motivación, fundamentación y además se efectuaría correctamente la valoración de la prueba, interpretaría a cabalidad las normas que señala para emitir resolución en el sentido que se lo hizo. Los recurrentes harían solo una relación cronológica de hechos vulnerando lo previsto por el art. 258 num. 2) del C.P.C., y no citarían en término claros concretos y precisos el Auto que recurren y no existiría especificación de cuestiones subjetivas, esto acarrearía la consecuencia negativa de impedir se ingrese al fondo del asunto, con la improcedencia del recurso
Que el Auto de Vista contuviera los principios de pertinencia, congruencia, motivación, fundamentación y además se efectuaría correctamente la valoración de la prueba, interpretaría a cabalidad las normas que señala para emitir resolución en el sentido que se lo hizo. Los recurrentes harían solo una relación cronológica de hechos vulnerando lo previsto por el art. 258 num. 2) del C.P.C., y no citarían en término claros concretos y precisos el Auto que recurren y no existiría especificación de cuestiones subjetivas, esto acarrearía la consecuencia negativa de impedir se ingrese al fondo del asunto, con la improcedencia del recurso
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En el fondo
- “El Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias”, diría que la Sentencia cumple los requisitos exigidos
- Los vocales se referirían sólo a la prueba de descargo, obviando la de cargo analizado
- En la forma
- Al mismo tiempo al no haberse manifestado sobre su pretensión de arras, haría que la
- Por las razones anotadas, no se habría cumplido lo observado por el art
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- Califica el recurso como defectuoso, con denuncias genéricas que no podrían ser suplidas por el
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Al aplicarse o determinarse la resolución del contrato, ésta causa también tres efectos, el retroactivo,
- No obstante lo anterior, este Supremo Tribunal, al existir el criterio que debe darse respuesta
- Respecto al reclamo de contener el Auto de Vista menos de lo pedido, la vinculación
- Por lo razonado, los reclamos efectuados en el recurso de casación en la forma no
- Siempre dando cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional Plurinacional en Sentencia Constitucional Nº
- Bajo ese antecedente será pertinente desglosar cada una de las normas acusadas, y verificar que
- De lo anterior se establece que lo convenido en el documento privado de fs
- Será pertinente además recurrir a lo previsto por el art
- Bajo ese antecedente, en el caso de Autos, el Auto de Vista recurrido para revocar
- Por último en relación a la acusación que “El Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias”,
- Por lo expuesto, corresponderá emitir Resolución en sujeción a lo previsto por el art
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- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
