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    Auto Supremo AS/0729/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0729/2016

    Fecha: 28-Jun-2016

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    • Proceso: Ordinario sobre mejor derecho propietario y reivindicación
    • Distrito: Cochabamba
    • En el recurso de casación en la forma
    • Por otro lado refiere que, el Auto Supremo de fs
    • Con esos argumentos solicita al Tribunal de Casación, declarar nulo y sin efecto procesal lo
    • En el fondo
    • Concluye refiriendo que, compulsando los antecedentes procesales y fundamentos expuestos en dicho memorial, el
    • A su vez, Osvaldo Jiménez Sempertegui, con los fundamentos expuestos por memorial de fs
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Así también la jurisprudencia de este Supremo Tribunal ha orientado en el Auto Supremo Nº
    • Considerando lo señalado, y como corolario de ello, se debe tomar en cuenta los siguientes
    • Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por errores en la
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • En principio es menester referirnos que, el art
    • Establecido lo anterior, es conveniente recordar al demandante que si él consideraba que la personería
    • Adicionalmente a lo precedentemente expuesto, se tiene que, el mandato es un contrato regulado
    • En cuanto a la denuncia de que, el decreto de fs
    • En el caso presente este aspecto no fue reclamado oportunamente por ninguna de las partes
    • Con relación a la denuncia, inherente a que el Vocal relator, sin cumplir el presupuesto
    • En principio resulta extraño que no obstante de plantear recurso de casación en el fondo,
    • En consecuencia, lo anotado demuestra la impericia y falta de técnica jurídica en el planteamiento
    • En consecuencia, al no existir ningún motivo para anular obrados, cuya finalidad persigue el recurso
    • Con relación a la denuncia que, el vocal relator habría incurrido en error de hecho
    • En consecuencia, corresponde resolver, el recurso en la forma y en el fondo de acuerdo
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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