Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0729/2016
Fecha: 28-Jun-2016
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Proceso: Ordinario sobre mejor derecho propietario y reivindicación
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Distrito: Cochabamba
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En el recurso de casación en la forma
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Por otro lado refiere que, el Auto Supremo de fs
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Con esos argumentos solicita al Tribunal de Casación, declarar nulo y sin efecto procesal lo
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En el fondo
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Concluye refiriendo que, compulsando los antecedentes procesales y fundamentos expuestos en dicho memorial, el
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A su vez, Osvaldo Jiménez Sempertegui, con los fundamentos expuestos por memorial de fs
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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Así también la jurisprudencia de este Supremo Tribunal ha orientado en el Auto Supremo Nº
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Considerando lo señalado, y como corolario de ello, se debe tomar en cuenta los siguientes
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Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, esto por errores en la
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IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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En principio es menester referirnos que, el art
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Establecido lo anterior, es conveniente recordar al demandante que si él consideraba que la personería
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Adicionalmente a lo precedentemente expuesto, se tiene que, el mandato es un contrato regulado
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En cuanto a la denuncia de que, el decreto de fs
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En el caso presente este aspecto no fue reclamado oportunamente por ninguna de las partes
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Con relación a la denuncia, inherente a que el Vocal relator, sin cumplir el presupuesto
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En principio resulta extraño que no obstante de plantear recurso de casación en el fondo,
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En consecuencia, lo anotado demuestra la impericia y falta de técnica jurídica en el planteamiento
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En consecuencia, al no existir ningún motivo para anular obrados, cuya finalidad persigue el recurso
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Con relación a la denuncia que, el vocal relator habría incurrido en error de hecho
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En consecuencia, corresponde resolver, el recurso en la forma y en el fondo de acuerdo
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
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