Auto Supremo AS/0729/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0729/2016

Fecha: 28-Jun-2016

En consecuencia, al no existir ningún motivo para anular obrados, cuya finalidad persigue el recurso


En consecuencia, al no existir ningún motivo para anular obrados, cuya finalidad persigue el recurso de casación en la forma, por cuanto dentro la tramitación de la causa, no se advierte violación a las formas esenciales del proceso, ni se vulneró el derecho de defensa de las partes y el debido proceso, ni menos que el Auto de Vista haya violado el art. 811.II del Código Civil y art. 236 el Código de Procedimiento Civil, por lo que el recurso de casación en la forma deviene en infundado