Auto Supremo AS/0759/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0759/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Que el recurso solo sería dilatorio, pues lo actores dejaron establecido que la Sra


Que el recurso solo sería dilatorio, pues lo actores dejaron establecido que la Sra. Felicia Rodríguez estampo su huellas digitales en el documento sin embargo alegan simplemente falta de consentimiento y que la firma del accionante habría sido falsificada hecho por cierto no probado; e insisten en que se habría vulnerado el consentimiento de Felicia Rodríguez Cárdenas quien no habría dado su consentimiento por haberse falsificado su firma y que como bien refiere el Auto de Vista serian causales de anulabilidad conforme también se establecería en el Auto Supremo Nº 287 de 10 de septiembre de 2003