Auto Supremo AS/0762/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0762/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Asimismo refiere que la carga debió ser cumplida en el mes de octubre de

Asimismo refiere que la carga debió ser cumplida en el mes de octubre de la gestión 2003 y conforme el peritaje de fs. 883-887 los trabajos realizados tuvieron una duración de un año consolidándose en la gestión 2004, es decir fuera del plazo otorgado voluntariamente por lo que correspondería declarar la nulidad de la donación; y dado que el citado contrato fue cumplido totalmente las obligaciones deben ser restituidas