Auto Supremo AS/0764/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0764/2016

Fecha: 28-Jun-2016

III. 1.- De la prórroga de competencia en razón del territorio

III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III. 1.- De la prórroga de competencia en razón del territorio:
El art. 122 de la Constitución Política del Estado determina que: "son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley"