Auto Supremo AS/0764/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0764/2016

Fecha: 28-Jun-2016

Las normas señaladas precedentemente orientan que la competencia de un Juez únicamente puede ampliarse por

Las normas señaladas precedentemente orientan que la competencia de un Juez únicamente puede ampliarse por razón del territorio, en consecuencia la violación de las normas que regulan la competencia por razón de la materia, constituye una infracción al orden público que entraña la nulidad que debe ser declarada de oficio no operando al respecto los principios de convalidación ni preclusión