Auto Supremo AS/0527/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0527/2016-RA

Fecha: 14-Jul-2016

De la revisión de antecedentes se tiene, que los recurrentes cumplieron con el primer requisito


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

De la revisión de antecedentes se tiene, que los recurrentes cumplieron con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta, que fueron notificados con el Auto de Vista recurrido el 15 de junio de 2016 (fs. 2900 y 2901), presentando su recurso de casación: Juan Antonio Urquidi Bellido el 20; Juan Bellisario Vargas Burgoa y Silvano Arancibia Colque el 23, respectivamente, todos del mismo mes y año, respecto a Jakeline Suemi Mercado Molina, fue notificada con la Resolución recurrida el 17 de junio de 2016 (fs. 2900 vta.), presentando su recurso de casación el 27 del mismo mes y año, cumpliendo de esta manera los recurrentes con el art. 417 del CPP; ello, en consideración de que el 21 de junio fue declarado feriado nacional por Año Nuevo Aymara