Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0543/2016-RRC
Fecha: 15-Jul-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 11 de diciembre de 2014, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 011/2013 de 5 de diciembre (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Sofía Segovia Velásquez, interpuso recurso de apelación restringida
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I.1.1. De los Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 038/2015-RA de 15
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1) Previa referencia al considerando II del Auto de Vista y “V CONCLUSIONES” de la
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2) El Tribunal de alzada actuó ultra petita; por cuanto, revalorizó las pruebas y a
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Sobre la actuación del Tribunal de apelación ultra petita, aclara que es contradictoria al Auto
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente solicita que resolviendo en el fondo, se deje sin efecto el Auto de
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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II.2. De la apelación restringida de la imputada
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Contra la precitada Sentencia, la acusada Sofía Segovia Velásquez, interpuso recurso de apelación restringida, denunciando
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvió el recurso de
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III
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En consecuencia, una vez más se deja establecido que el Tribunal de Apelación, a momento
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Ahora bien, específicamente en lo relativo a la omisión de respuesta o pronunciamiento citra petita,
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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En ese entendido, el deber de fundamentación de un fallo, se halla quebrantado no sólo
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“Conforme con la nueva concepción doctrinaria, la apelación restringida es el medio legal para impugnar
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Con similar entendimiento, el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005, emitido en
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Por lo expuesto, los referidos entendimientos jurisprudenciales serán considerados a efectos de realizar la labor
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Finalmente, con relación a la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 175 de 15
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III.3. Análisis del caso concreto
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Con relación a la denuncia de vulneración de derechos e inobservancia del principio de presunción
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Por otro lado, como defecto de Sentencia previsto en el art
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En ese contexto, se advierte que el Tribunal de apelación, efectuando una revisión de los
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Por lo expuesto, la denuncia de concurrencia de incongruencia omisiva en el Auto de Vista
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De la revisión de los fundamentos de la Sentencia, ampliamente desglosadas en el apartado II
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Más adelante, concibió que la Sentencia estableció de manera detallada el modo de operar de
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Ahora bien, en la labor de revisión de la fundamentación de la Sentencia, el Tribunal
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En esta precisión de razonamientos asumido por el Tribunal de apelación, no se advierte la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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