Auto Supremo AS/0844/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0844/2016

Fecha: 19-Jul-2016

En ese sentido en este tipo de contrato existe la condición esencial la misma que

El mutuo o préstamo simple o simple préstamo como también se le designa con expresión de poca técnica es un contrato principal, real y gratuito u oneroso, por virtud del cual una de las partes entrega a la otra dinero u otra cosa fungible con la condición de que se le devuelva otro tanto de la misma especie y calidad. En antítesis con el comodato (préstamo de uso) el mutuo desde el punto de visto económico es un préstamo de consumo (Messineo). Pueden ser objeto de este contrato el dinero y las demás cosas fungibles esto es, todo lo que se presta en concepto y cantidad y solamente en consideración a la clase y la especie a que la cosa pertenece. Su forma está sometida a las reglas del derecho común.”
En ese sentido en este tipo de contrato existe la condición esencial la misma que es la devolución de lo prestado en la misma especie y calidad, obligación que debe cumplir el prestatario o mutuante