Mediante Auto Supremo 437/2016-RA de 13 de junio, cursante de fs
Mediante Auto Supremo 437/2016-RA de 13 de junio, cursante de fs. 1018 a 1020, este Tribunal admitió el recurso interpuesto por el representante del Ministerio Público para su análisis de fondo, ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 427/2016-RA de 13 de junio,
- El recurrente destacando como antecedente la mala interpretación de los inc
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se dicte
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 437/2016-RA de 13 de junio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto
- Este Tribunal admitió el recurso abriendo su competencia a objeto de verificar la probable vulneración
- III.1.Consideraciones doctrinales de la debida fundamentación como parte del debido proceso
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la CPE, reconoce y garantiza el debido
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- III.2. Análisis del caso concreto
- El recurrente, en lo medular de su recurso, sostiene que el Tribunal de alzada realizó
- Ahora bien, para el análisis del presente recurso será preciso partir de las consideraciones realizadas
- Emitida la Sentencia que resolvió absolviendo a los imputados del delito de Complicidad, el Ministerio
- No obstante de estas anomalías, a efectos de no causar indefensión, el Tribunal de alzada
- De la constatación de estos antecedentes queda evidente, PRIMERO que el Tribunal de alzada ingreso
- SEGUNDO, lo anterior evidencia una total vulneración al debido proceso en su corriente de la
- En el caso que se analiza no es: expresa, ya que el fundamento utilizado por
- TERCERO, a esto se suma que el Tribunal de alzada de manera ultra petita ingreso
- CUARTO, Por otra parte, de las consideraciones erráticas del significado de complicidad denunciado por el
- El sistema penal boliviano, respecto al tema de la complicidad, asume el principio de que
- Por todo lo referido anteriormente se evidencia que el Tribunal departamental incurrió en la vulneración
- Para fines del art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
