Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0635/2016-RRC
Fecha: 23-Ago-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Parte Acusadora : SIKA BOLIVIA S.A
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Por memorial presentado el 29 de enero 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 2/2015 (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, los representantes de SIKA BOLIVIA S
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 367/2016-RA de 23 de mayo,
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La pate recurrente argumenta que el Auto de Vista recurrido, violentó la garantía del debido
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Indica que de la revisión del Auto de Vista impugnado, se puede ver: a) A
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente afirma que el recurso debe declarase admisible y procedente, disponiendo la anulación del
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 367/2016-RA, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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a) El acusado Gonzalo Darío Castillo Roig, adecuó su conducta al tipo penal establecido en
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b) El acusado Gonzalo Darío Castillo Roig, adecuó su conducta al tipo penal establecido en
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c) Ambos delitos, fueron cometidos en grado de autoría conforme establece el art
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d) Con las pruebas documentales y testificales de cargo producidas en el juicio, evidenció que
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e) En el apartado de individualización legal, estableció que los tipos penales de Apropiación Indebida
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II.2.De las apelaciones restringidas
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SIKA BOLIVIA S
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i) Acusa el defecto de Sentencia previsto en el art
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ii) Denuncia defecto de sentencia, previsto en el art
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II.4.Del Auto de Vista impugnado
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a) Con relación a la afirmación que efectuó el Juez inferior, en relación a que
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b) Con relación al defecto previsto en el art
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c) El art
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d) Respecto a la apelación restringida interpuesta por la parte querellante, sobre el defecto previsto
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La parte recurrente asevera que el Tribunal de alzada, violentó la garantía del debido proceso
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III.1. El deber de fundamentación de las resoluciones judiciales como elemento del debido proceso
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En consecuencia, una vez mas se deja establecido que el Tribunal de Apelación, a momento
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III.2. Análisis del caso concreto
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La parte recurrente denuncia que, el Tribunal de alzada se limitó a efectuar una relación
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En ese contexto, sobre el punto cuestionado por el acusado Gonzalo Darío Castillo Roig, referido
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Ahora bien, en el marco de la denuncia efectuada en casación por la parte recurrente,
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En ese sentido, al no contar este Tribunal con datos mínimos que permitan verificar si
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Sobre la denuncia efectuada también por el acusado en apelación restringida, respecto a la concurrencia
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Ahora bien, la parte recurrente también cuestionó que el Tribunal de apelación, hizo una consideración
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Por último, con relación a la denuncia efectuada por los representantes de Sika Bolivia S
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Con los fundamentos expuestos por el Tribunal de apelación, en los que se advierte la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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