Auto Supremo AS/1018/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1018/2016

Fecha: 24-Ago-2016

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2.- En lo referente a que tanto el A quo y Ad quem no hubiesen tomado en cuenta la existencia de dos y hasta tres registros con diferentes fechas de nacimiento; cabe señalar que la misma no es tela de juicio en la presente causa, menos corresponde por su parte cuestionar tal aspecto, cuando corresponderá al demandado regularizar tal extremo en la vía llamada por Ley y en la instancia competente para el efecto, lo que implica que su pretensión carece de todo sustento legal impetrando que en merito a ello se deje sin efecto la Inscripción Convencional