Auto Supremo AS/0307/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2016

Fecha: 22-Sep-2016

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que, así admitido el recurso de casación, de la revisión de su contenido se advierte que los recurrentes incurren en un yerro procesal al fundamentar su recurso en la normativa del Código de Procedimiento Civil ya abrogado, al estar vigente plenamente la Ley Nº 439 Código Procesal Civil al momento de su interposición (6 de febrero de 2016), no obstante esta deficiencia y en virtud al principio de iura novit curia aplicable también a las normas procesales, se ingresa a su consideración y análisis