Auto Supremo AS/0307/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2016

Fecha: 22-Sep-2016

i)

I.2.2 En el fondo.-
i).-Indicaron que, el auto de vista en virtud al art. 205 del CPT señaló que las partes tiene el plazo de 5 días para interponer recurso de apelación fundamentando los agravios sufridos ante el mismo juez, y que la fundamentación de la apelación fija los límites de la competencia del Juez o Tribunal de Alzada para la Resolución de segunda instancia, y al considerar la inexistencia de agravios en el recurso de apelación anuló parcialmente el auto de concesión de alzada y declaró la ejecutoria de la sentencia, sin tomar en cuenta que revisando minuciosamente el recurso de apelación cursante de fs. 9454-9456 y 9471-9473, se puede evidenciar que uno de los fundamentos del recurso de apelación fue la falta de pago del salario dominical de las gestiones 1985 a 1999, pero que además, no observaron que el Auto Supremo Nº 898 de 18 de diciembre de 2015, cursante de fs. 9514 a 9517, hace mención, a que no estaría resuelto el fondo de la demanda como es pago dominical de los trabajadores