Auto Supremo AS/1110/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1110/2016

Fecha: 23-Sep-2016

La condición suspensiva es una modalidad que suspende el nacimiento mismo de la obligación

La condición suspensiva es una modalidad que suspende el nacimiento mismo de la obligación. Realizada la condición en cualquiera de las formas previstas por el art. 495 del Código Civil, la obligación surte sus efectos retroactivamente, desde el momento en la que se estipuló. Le son aplicables las nuevas disposiciones legales, posteriores a la fecha de su estipulación, las hipotecas surten sus efectos desde esa misma fecha, el pago anticipado, no repetido, es válido y no puede repetirse