Por memorial presentado el 6 de febrero de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 760/2017-RRC
Sucre, 05 de octubre de 2017
Expediente : Chuquisaca 8/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada :Earvin Alanoca Ríos
Delitos: Violación Niño, Niña y Adolescente
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de febrero de 2017, cursante de fs. 217 a 232, Earvin Alanoca Ríos, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 07/2017 de 5 de enero, de fs. 195 a 202 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, integrada por los vocales Iván Sandoval Fuentes y Sandra Molina, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Edwin Astete Tórres contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 760/2017-RRC
Sucre, 05 de octubre de 2017
Expediente : Chuquisaca 8/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada :Earvin Alanoca Ríos
Delitos: Violación Niño, Niña y Adolescente
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de febrero de 2017, cursante de fs. 217 a 232, Earvin Alanoca Ríos, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 07/2017 de 5 de enero, de fs. 195 a 202 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, integrada por los vocales Iván Sandoval Fuentes y Sandra Molina, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Edwin Astete Tórres contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Violación Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 6 de febrero de 2017, cursante de fs
- a)Por Sentencia 018/2016 de 1 de junio (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 378/2017-RA de 29 de mayo,
- víctima participó de un certamen de belleza y continuó sus estudios, vulnerándose el debido proceso
- 2)También denuncia, que el Auto de Vista recurrido incurrió en insuficiente fundamentación vulnerando el debido
- I.1.2. Petitorio
- La parte recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, y se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 378/2017-RA de 29 de mayo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- la comisión del delito de Violación a adolescente, previsto y sancionado en el art
- Contra la señalada Sentencia el acusado Earvin Alanoca Ríos, interpuso recurso de apelación restringida arguyendo:
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dictó el Auto de
- En el presente caso el imputado Earvin Alanoca Ríos denuncia que: a) el Auto de
- III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2. De los precedentes invocados y análisis del caso concreto
- Teniendo en cuenta que en la presente causa, se admitieron dos motivos para su análisis
- enamorado, lo cual considera que causa duda razonable que vulnera el principio de presunción de
- alzada, fallo que recurrido de casación, fue dejado sin efecto porque vulneró el derecho al
- Del análisis de los precedentes invocados se advierte que las problemáticas dilucidadas, en cierta manera
- Como segundo motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado incurrió en falta
- El Auto Supremo 251 de 17 de septiembre de 2012, dictado en un proceso seguido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
