Auto Supremo AS/0774/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0774/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

En el presente recurso, el acusador particular cuestiona el análisis efectuado por el Tribunal de


En cuanto a que no se hubiera realizado la inspección judicial o reconstrucción de los hechos, que hubiere sido solicitada en la acusación particular, refiere que el mismo recurrente reconoce que la Fiscalía realizó una inspección ocular que aportó suficientes elementos para demostrar la supuesta autoría de los acusados, por lo que el Tribunal de sentencia no vio pertinente ni necesario repetir el acto procesal, cuando los hechos ocurrieron el 2013 y el juicio se llevó a cabo el 2016 y que las autoridades jurisdiccionales tienen la obligación de ver los elementos probatorios que son pertinentes, de modo que si ve que los elementos presentados por las partes son suficientes para dictar resolución, el Tribunal tiene la facultad de rechazar algún ofrecimiento probatorio.

Finalmente, sobre que la Sentencia carecería de fundamentación y motivación, concluye que corresponde al recurrente aclarar en qué aspecto el Tribunal de sentencia no cumplió con su obligación procesal de fundamentar y motivar sus resoluciones judiciales; en el caso, no expresó por qué razón considera ello, indicando que si bien expresa que no se valoró correctamente la prueba, dicho argumento corresponde a otro defecto de la sentencia que fue reclamado por el recurrente y respondido en puntos anteriores, por lo que concluye que no expresa los agravios supuestamente sufridos por la falta de fundamentación de la sentencia, por lo que no ingresa a su análisis, conforme lo establecido en el art. 398 del CPP.


III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS Y DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

En el presente recurso, el acusador particular cuestiona el análisis efectuado por el Tribunal de alzada respecto a los motivos alegados en apelación relativos a la existencia de defectuosa valoración de prueba al otorgarse valor a una prueba presentada de manera extemporánea; a la acreditación del tipo penal de Abigeato y Robo Agravado y a la decisión de rechazar la realización de la inspección ocular solicitada en la acusación particular, por lo que corresponde resolver la problemática planteada