Auto Supremo AS/0774/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0774/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

En relación a la denuncia de errónea valoración de la testifical de Lidio Chávez, concluye


Respecto a la supuesta inclusión de la prueba documental, consistente en la misiva que hubiere enviado Lider Castedo –propietario donde apareció inicialmente el ganado- a Genaro Alvarado -Corregidor del Cantón-, concluye que la mencionada carta fue ratificada en juicio por Castedo y Alvarado; aspecto que, fue señalado por el Tribunal de sentencia, en sentido que la misma es extemporánea y solo habría sido presentada en fotocopia simple sin ningún valor legal y que sobre la cual el recurrente no habría presentado incidente de exclusión probatoria, por lo que opera el principio de preclusión, conforme a lo establecido por el art. 408 del CPP.

En relación a la denuncia de errónea valoración de la testifical de Lidio Chávez, concluye que le está prohibido revalorizar prueba y que el recurrente observa solo esa declaración y no observa la valoración conjunta de la prueba (valoración intelectual); finalmente, en relación al tipo penal de Abigeato, indica que para que se configure, necesariamente tiene que concurrir el dolo, la intensión de apoderarse o apropiarse el ganado, indicando que si bien se señala que el acusado Víctor Hugo Sandoval Campos, supuestamente confesó en la inspección ocular de la Fiscalía que ordenó el ingreso del ganado a su propiedad; sin embargo, el mismo acusado señaló que el ganado no era de él, por lo que lo sacó a la calle, lo cual demuestra que el acusado no tenía la intensión de apropiarse o apoderarse del ganado, por cuanto no concurre el dolo o la intensión, aclaración lógica que surge de un razonamiento de la versión expresada por la parte recurrente y de la sentencia