Auto Supremo AS/0776/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0776/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

2


2.La Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio, o incorporados por su lectura en violación a la norma prevista en el inc. 4) del art. 370 del CPP, efectuando para ello la precisión de las pruebas que acreditarían su denuncia, las pruebas PD-3 consistente en el informe del asignado al caso, documento en el que no se lo nombra en ninguna parte, PD-8 referente al informe de acción directa de 11 de junio de 2014, actuación que fue dos meses después del hecho; por lo tanto no existía flagrancia, PD-9 acta de requisa personal, en la no que no se le encontró ningún elemento probatorio que le vincule al ilícito investigado y aun así de manera ilegal fue trasladado a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) para la realización de un reconocimiento de personas y PD-12 correspondería a un simple muestrario fotográfico, que no llevaba pie de firma para determinar a quien correspondía dicha firma, constituyéndose en una prueba ilícita. Todas esas pruebas a decir del imputado son ilícitas pues, si bien pudieron ser utilizadas para una imputación por su carácter provisional, no eran susceptibles de convalidación para una condena al ser sólo indiciarias; en consecuencia, estas pruebas debieron ser excluidas y no rechazadas sus solicitudes de exclusión probatoria