Auto Supremo AS/0781/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0781/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Establecido que el Tribunal de alzada no incurrió en contradicción con los precedentes invocados y


Establecido que el Tribunal de alzada no incurrió en contradicción con los precedentes invocados y que por tanto queda firme la decisión del Tribunal de alzada de anular la sentencia con el consiguiente reenvío de la causa, esta Sala Penal, ve conveniente señalar que cuando el Tribunal de alzada determina la realización de nuevo juicio oral, y al tratarse de un proceso que involucre un Niño, Niña o Adolescente, deben tomarse en cuenta los siguientes aspectos en función a su protección conforme dispone la Constitución: el interés superior del menor; la aplicación de una justicia rápida y oportuna por los administradores de justicia; y, la adopción de toda medida destinada a garantizar se evite la revictimización de la víctima, sean materiales o referidas a la intervención de especialistas en su declaración, tomando en cuenta la realidad de cada Tribunal de Sentencia del país