Auto Supremo AS/0781/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0781/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Sobre el referido reclamo el recurrente invocó el Auto Supremo 410 de 20 de octubre


Sobre el referido reclamo el recurrente invocó el Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006, que fue dictado por la Sala Penal Segunda de la extinta Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por el delito de Estafa, donde constató que el Auto de Vista entonces recurrido además de otros defectos actuó de forma ultrapetita; puesto que, había tomado aspectos no peticionados por el acusador particular, concediendo más allá de lo solicitado, vulnerando el debido proceso, situación por la que fue dejado sin efecto estableciendo la siguiente doctrina legal aplicable: “Finalmente el Tribunal de alzada de acuerdo al imperio de lo dispuesto por el artículo. 398 del Código de Procedimiento Penal que dispone; ´Los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución´, en consecuencia no pueden considerar otros aspectos procesales que ameriten obrar en forma ´ultrapetita´ en aplicación del principio de ´legalidad´ que obliga a los Tribunales de alzada de observar estrictamente esta disposición, a no ser que se evidencien violaciones a derechos y garantías constitucionales, vicios insubsanables no sujetos a convalidación contenidos en los artículos 169 inciso 3) y 370 del Código de Procedimiento Penal lo contrario significaría actuar en vulneración a la garantía constitucional del ´debido proceso´, tal el caso de autos que el Tribunal de alzada, resuelve aspectos no reclamados por el apelante de la sentencia”